La coordinación y cumplimiento de los procedimientos establecidos en este Reglamento estará a cargo de la Junta Directiva de AGSSO.
A. Tipo de asociados
Los tipos de asociados reconocidos dentro de la institución son los siguientes:
Fundadores
Son todas aquellas personas cuyo nombre aparece en la primera Junta Directiva del acta constitutiva de AGSSO.
Especializados
Existen dos tipos de asociados especializados:
Profesionales: son todas aquellas personas que cuentan con un grado de especialización académica en una carrera afín a la naturaleza y objeto de AGSSO, tienen experiencia comprobable y están dedicados a tareas de SSO.
Técnicos: son todas aquellas personas que cuentan con capacitación técnica y experiencia comprobable en SSO.
Generales
Son todas aquellas personas que se dedican a tareas y actividades de SSO y que tienen interés en temas relacionados, incluyendo estudiantes.
Empresariales
Personas jurídicas que tengan un interés particular en las actividades de AGSSO. Deberán estar representadas por una persona que cumpla, como mínimo, los requisitos de un Socio General.
B. Requisitos de ingreso
Requisitos generales: estos requisitos deben cumplirse por todos los tipos de asociados.
- Llenar la Solicitud Única de Afiliación a AGSSO
- Cumplir con requisitos adicionales, según el tipo de asociado
- Pagar cuota anual de ingreso, según el tipo de asociado
- Ser civilmente capaz
- Identificarse plenamente con los fines y objetivos de la Asociación
Requisitos Adicionales: principalmente, se refiere al respaldo documental del asociado sobre su información general, formación académica y técnica, y experiencia.
Los requisitos adicionales por categoría son los siguientes:
Tipo de asociado | |||
Requisitos | Especializado | General | Empresarial |
DPI / Pasaporte | ✔ | ✔ | ✔ |
Currículum Vitae | ✔ | ✔ | - |
Constancias de Formación Técnica / Capacitación | ✔ | ✔ | - |
Diploma de Formación Académica | ✔ | - | - |
Nombramiento del Rep. Legal | - | - | ✔ |
Registro Tributario Unificado (RTU) | - | - | ✔ |
Patente de Comercio | - | - | ✔ |
TARIFA | Profesional Q500 | ||
TARIFA | Técnico Q400 | Q 300.00 | Q 900.00 |
Tipos de Socios
Tipo de Socio | Descripción | Experiencia en SSO | ||
Especializado | Profesional | Personas que cuentan con una Licenciatura en Higiene Industrial, Ingeniería, Química, Física, Biología, Medicina u otra disciplina aprobada por la Junta Directiva. Dedicado actualmente al menos 75% a tareas y actividades de SSO. | 5 años | |
Técnico | Personas que no cuentan con un Título de Licenciatura, pero posean experiencia y capacitación técnica comprobable en SSO. | 5 años | ||
General | Socio | Persona interesada en la promoción y práctica de la SSO y que como parte de sus actividades requieran interactuar con esta área. | No Aplica | |
Estudiante | Estudiante de tiempo completo en algún programa de licenciatura o carrera técnica. | No Aplica | ||
Organizacionales | Institucional | Instituciones, agencias u organizaciones públicas o privadas que tengan un interés en particular en las actividades de la asociación. | No Aplica | |
Empresarial Especializado | Persona jurídica o individual con fines de lucro, que se dedican a brindar servicios y/o productos relacionados con SSO. | 3 años | ||
Empresarial Básico | Persona jurídica o individual con fines de lucro, con un giro de negocio no relacionado a la SSO. | No Aplica |
Beneficios para los asociados
Tipo de Asociado | ||||||
Beneficios | Especializado | General | Empresarial Especializado | Empresarial Básico | ||
Uso del logo como socio organizacional de la Asociación | - | - | ✓ | ✓ | ||
Tarifas preferenciales para la asistencia de eventos realizados por la Asociación* | ✓ | ✓ | ✓ | ✓ | ||
Tarifas preferenciales de stands en los eventos organizados por la Asociación | - | - | ✓ | ✓ | ||
Tarifa preferencial para publicidad de la empresa en las actividades y publicaciones de la Asociación | - | - | ✓ | ✓ | ||
Constancia de Asociado | ✓ | ✓ | ✓ | ✓ | ||
Socio de la Sección Virtual de la AIHA | ✓ | ✓ | ✓ | ✓ | ||
Foro de WhatsApp para actualizaciones en SSO e higiene | ✓ | ✓ | ✓ | ✓ | ||
Figurar en el Directorio de AGSSO | ✓ | - | ✓ | - |
C. Proceso de admisión de asociados
Se solicitarán los siguientes documentos:
- Carta de solicitud de afiliación a AGSSO
- Documento Personal de Identificación (DPI) o Pasaporte, según aplique
- Currículum Vitae
- Documentos que respalden su experiencia en temas de SSO (diplomas, constancias y otros)
- Análisis y resolución del expediente del solicitante
La Junta Directiva analizará su expediente y le notificará su resolución.
- Pago de cuota ordinaria de ingreso (anual)
- Realizar el pago de afiliación
Asociación Guatemalteca de Salud y Seguridad Ocupacional
- Enviar constancia de pago a info@agsso.org.gt
- Firmar Solicitud Única de Afiliación a AGSSO
- Recibirá una constancia que lo acredita como Asociado Activo
D. Derechos de los asociados
Tipo de asociado | ||||
Derechos | Fundadores | Especializados | General | Empresarial |
Elegir puestos de Junta Directiva y Comités | ✔ | ✔ | - | - |
Ser electo para ocupar puestos en Junta Directiva | ✔ | - | - | - |
Ser electo para ocupar puestos de Comités | ✔ | - | - | - |
Voz en Asamblea | ✔ | ✔ | ✔ | ✔ |
Voz Simple en Asamblea | - | ✔ | - | - |
Voz Doble en Asamblea | ✔ | - | - | - |
Participación en eventos de AGSSO | ✔ | ✔ | - | - |
Recibir trato profesional en actividades de AGSSO | ✔ | ✔ | ✔ | ✔ |
Aparecer en el Directorio de AGSSO | ✔ | ✔ | - | - |
Constituir Consejo Consultivo | ✔ | - | - | - |
Estar informado sobre asuntos de AGSSO | ✔ | ✔ | ✔ | ✔ |
D. Deberes de los asociados
- Cumplir y hacer cumplir los estatutos, reglamentos y demás disposiciones adoptadas por la Asociación
- Asistir a las sesiones y reuniones a las que fueren convocados
- Desempeñar con responsabilidad los cargos y comisiones que se les confíen
- Hacer buen uso de la información y de los bienes muebles e inmuebles
- Pagar puntualmente las cuotas Ordinarias y Extraordinarias que establezca la Asamblea general
- La cuota ordinaria de reingreso se deberá pagar durante el mes de enero.
- Todo asociado nuevo deberá cancelar la cuota anual completa, a excepción de aquellos socios que se registren en el último trimestre. Para ellos la cuota de ingreso cancelada aplicará para el año próximo.